Estimados asociados:
Hacemos de su conocimiento que mediante Acta N° 094-24 aprobada en la Sesión de Consejo Directivo del 24 de enero de 2024, se aprobó la creación de la Comisión Regatitos, conformada por los asociados voluntarios que año a año vienen velando por el bienestar de dichos felinos en la sede Chorrillos.
Integrantes:
- Coordinadora: María Cristina Villavisencio Asca – Carnet N° 7297
- Delegada: Carmen Aspíllaga Seoane – Carnet N° 7750
- Delegada: Carmen María Fanny Noriega Tillit – Carnet N° 8053
Esta comisión dependerá del Área de Operaciones.
Cabe recordar que la Sede Chorrillos cuenta con varias colonias de gatos en distintas zonas, y desde finales de 1970 apoyan el control de la plaga de ratas.
Asimismo, debido a la existencia de dichas colonias de gatos domésticos y ferales, estamos obligados a cumplir La ley N° 30407, la cual entró en vigencia el 9 de enero del año 2016 y menciona lo siguiente:
“ARTÍCULO 3. OBJETO DE LA LEY LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO PROTEGER LA VIDA Y LA SALUD DE LOS ANIMALES VERTEBRADOS, DOMÉSTICOS O SILVESTRES MANTENIDOS EN CAUTIVERIO, IMPEDIR EL MALTRATO, LA CRUELDAD, CAUSADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR EL SER HUMANO, QUE LES OCASIONA SUFRIMIENTO INNECESARIO, LESIÓN O MUERTE; ASÍ COMO FOMENTAR EL RESPETO A LA VIDA Y EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES A TRAVÉS DE LA EDUCACIÓN. ADEMÁS, DE VELAR POR SU BIENESTAR PARA PREVENIR ACCIDENTES A SUS POBLACIONES Y AQUELLAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES AL SER HUMANO. ASÍ COMO PROMOVER LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS Y DE TODOS LOS ACTORES SOCIALES INVOLUCRADOS, CON SUJECIÓN AL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL.” |
“ARTÍCULO 5. DEBERES DE LAS PERSONAS 5.1 TODA PERSONA TIENE EL DEBER DE PROCURAR LA PROTECCIÓN Y EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES, CUALQUIERA SEA SU ESPECIE, EVITANDO CAUSARLES DAÑO, SUFRIMIENTO INNECESARIO, MALTRATO DE TIPO FÍSICO QUE ALTERE SU NORMAL COMPORTAMIENTO, LESIÓN O MUERTE.” |
Atentamente,
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Chorrillos, 09 de febrero de 2024