SEDE Y FILIALES
Estimados asociados:
Esperamos que ustedes y sus familias se encuentren bien de salud.
Les informamos que a partir del día de mañana, viernes 23 de julio, entrará en vigencia el siguiente REGLAMENTO INTERNO PARA EL INGRESO DE TRABAJADORAS DEL HOGAR, el cual ponemos a su disposición:
FINALIDAD
El presente reglamento tiene como finalidad prevenir y eliminar toda forma de discriminación en las condiciones de trabajo y empleo de quienes realizan labores domésticas, a fin de garantizar sus derechos fundamentales y reconocer su significativa contribución al desarrollo social y económico, de conformidad con la Ley No. 31047 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No. 009-2021-TR.
ALCANCE
Se debe entender como Trabajadora del Hogar a aquellas personas con contrato laboral vigente y que vengan brindando servicios en el hogar del asociado en actividades domésticas y/o al cuidado de niños.
CONDICIONES
Está permitido el ingreso de la Trabajadora del Hogar a las instalaciones del Club, conjuntamente con el asociado y/o sus familiares directos dependientes (cónyuge o hijos menores), para lo cual se deberá previamente cumplir con las siguientes condiciones:
1. Inscribir en el área de Registro de Asociados a su Trabajadora del Hogar. En este registro el asociado informará de las actividades de su trabajadora y el cumplimiento de todas las obligaciones laborales establecidas por ley, asumiendo íntegramente la responsabilidad por la permanencia de su trabajadora en las instalaciones del Club.
2. El Club no aceptará el registro de Trabajadoras del Hogar que sean menores de edad.
3. No está permitido solicitar carné de Trabajadoras del Hogar a familiares directos o indirectos del asociado.
4. Abonar el importe para el registro de su Trabajadora del Hogar, conforme al siguiente detalle:
a. Por una Trabajadora del Hogar: El equivalente a una Cuota Ordinaria Mensual más el costo del carné
b. Por dos Trabajadoras del Hogar: El equivalente a dos Cuotas Ordinarias Mensuales más los costos de los carnés
c. Por tres Trabajadoras del Hogar: El equivalente a tres Cuotas Ordinarias Mensuales más los costos de los carnés
d. Por cuatro Trabajadoras del Hogar: El equivalente a cuatro Cuotas Ordinarias Mensuales más los costos de los carné
5. El carné de Trabajadora del Hogar tendrá vigencia semestral, contado a partir de la fecha de su emisión. A su vencimiento, dicho carné se eliminará del registro de ingresos al Club.
6. Presentar la declaración jurada de liberación de responsabilidad que entrega el Departamento de Registro de Asociados, así como la copia simple del DNI vigente y los certificados de antecedentes penales y policiales de la trabajadora del hogar (con fecha no mayor a 30 días calendario)
7. Firmar una declaración jurada de cumplimiento de todas las obligaciones laborales con su Trabajadora del Hogar registrada, y a su vez exonerando al Club de toda responsabilidad ante eventuales incumplimientos legales y/o laborales.
8. No se permitirá que ninguna Trabajadora del Hogar utilice uniformes, mandiles, delantales o cualquier vestimenta o distintivo que las identifique como tal.
9. El asociado está en la obligación de informar al Club cuando su Trabajadora del Hogar deje de prestarle sus servicios.
10. El incumplimiento del presente reglamento constituye falta y será sometido a la Junta Calificadora y de Disciplina.
EL CONSEJO DIRECTIVO
Chorrillos, 22 de julio de 2021
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